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Ley Vigente

Artículo 69. Remisión a la legislación sectorial.

Artículo 69 de la Ley 2/2006, de 28 de febrero, de Pesca de La Rioja. · BOE-A-2006-5209

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-06-09.

Texto consolidado

La tenencia, cría, transporte o comercialización de ejemplares vivos o muertos, así como la suelta de ejemplares vivos, deberá cumplir las normas previstas en la legislación sectorial vigente que sea aplicable, en particular las referentes a sanidad, producción pecuaria, sanidad animal y comercio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-06-09.

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