Artículo 68.
Artículo 68 del Real Decreto 2020/1980, de 31 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española. · BOE-A-1980-21636
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-10-28.
Texto consolidado
Para resolver aquellos extremos que no hayan sido previstos en estos Estatutos, relativos al régimen económico de la organización colegial, el Consejo y los Colegios se atendrán a los acuerdos que se adopten en el Consejo General.