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Ley Vigente

Artículo 68. Administraciones públicas competentes de las Illes Balears.

Artículo 68 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2019-5578

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

Texto consolidado

1. Las administraciones públicas de las Illes Balears con competencias en materia de infancia y adolescencia son:

a) El Gobierno de las Illes Balears.

b) Los consejos insulares.

c) Los ayuntamientos de las Illes Balears.

2. Las administraciones territoriales mencionadas en el apartado anterior pueden actuar a través de los organismos públicos y las entidades de derecho público vinculados o dependientes para gestionar las políticas, los programas y las acciones en materia de infancia y adolescencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-28.

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