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Ley Vigente

Artículo 68. Procedimiento sancionador simplificado.

Artículo 68 de la Ley 7/2007, de 15 de marzo, de Calidad Agroalimentaria de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-10026

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-05.

Texto consolidado

En caso de infracciones leves, se seguirá el procedimiento simplificado si los hechos han sido recogidos en el acta correspondiente o se deducen de la documentación recogida en la inspección o de los resultados de los análisis. En estos supuestos, el plazo máximo de duración del procedimiento será de tres meses.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-05.

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