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Real Decreto Derogada

Artículo 67. Organización y procedimiento para hacer efectiva la participación pública.

Artículo 67 del Real Decreto 355/2013, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir. · BOE-A-2013-5319

Atención: Real Decreto 355/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Organismo de cuenca establecerá el sistema organizativo y cronograma marco asociados al desarrollo de los procedimientos de información pública, consulta pública y participación activa para el seguimiento y revisión de este Plan Hidrológico.

2. El Organismo de cuenca coordinará los procesos de información pública, consulta pública y participación activa, así como el correspondiente al de evaluación ambiental estratégica para la revisión del Plan Hidrológico.

3. Los métodos y técnicas de participación a emplear en las distintas fases del proceso serán, entre otros, entrevistas, jornadas de puerta abiertas, reuniones bilaterales, talleres, participación interactiva, mesas sectoriales y multisectoriales, conferencias y mesas redondas.

4. Los puntos de contacto para la consulta y obtención de documentación e información relacionada con el Plan durante los procesos de información pública y participación activa del Plan Hidrológico serán, en tanto no se disponga otra cosa:

a) La sede del Organismo de cuenca en Sevilla y sus delegaciones de Córdoba, Jaén y Granada.

b) La página Web oficial del Organismo de cuenca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-05-22.

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