Artículo 67. Órganos colegiales.
Artículo 67 del Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General. · BOE-A-2025-9151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-11.
Texto consolidado
Los Colegios, a través de sus Estatutos particulares, establecerán y regularán sus órganos de gobierno, debiendo incluir, al menos, la Asamblea General de colegiados y colegiadas y la Junta de Gobierno.
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