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Real Decreto Vigente

Artículo 67. Punto de muestreo en la empresa alimentaria.

Artículo 67 del Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro. · BOE-A-2023-628

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-12.

Texto consolidado

La empresa alimentaria definirá los puntos de muestreo del agua utilizada en la empresa alimentaria según los principios del APPCC.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-01-12.

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