Artículo 67. Formalización de la guarda y el desamparo.
Artículo 67 de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia. · BOE-A-2006-1
Atención: Ley Foral 15/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La tutela de los menores desamparados y la guarda se formalizarán a través del acogimiento.