El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 67. Transparencia en la acción del Gobierno y rendición de cuentas.

Artículo 67 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente. · BOE-A-2005-1576

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-23.

Texto consolidado

1. Las personas que en cada momento conformen el Gobierno de Navarra asumirán el compromiso de ejercer la acción de Gobierno de forma transparente y se obligarán a rendir cuentas sobre su gestión a la ciudadanía.

2. A estos efectos, se regularán e implantarán instrumentos para que el Gobierno en su conjunto y cada uno de sus integrantes en su ámbito puedan:

a) Compartir con la ciudadanía las decisiones de política, logros y dificultades de la gestión e inversión pública.

b) Dar cuenta de la forma en que se administran los recursos públicos y de su coherencia con la planificación aprobada.

c) Construir y desarrollar mecanismos de ajuste de las acciones de política para adaptarlas a las peticiones ciudadanas.

d) Facilitar el control ciudadano de toda la actuación del Gobierno y fortalecer la capacidad de los ciudadanos y ciudadanas para estimular y orientar esa acción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-08-23.

Más artículos de Ley Foral 14/2004

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 14/2004 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.