Artículo 66. Lengua del procedimiento.
Artículo 66 del Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones. · BOE-A-2015-11429
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-01.
Texto consolidado
Tanto las solicitudes como los documentos que se adjunten a las mismas serán presentados por los interesados en lengua castellana.