El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 66. Faltas graves en el ámbito docente.

Artículo 66 de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura. · BOE-A-2017-10455

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-08-24.

Texto consolidado

Son faltas graves en el ámbito docente:

1. Concurrir a espectáculos públicos u otros lugares anticipando la calidad de miembro de los Cuerpos de Policía Local, así como la de alumno del citado Cuerpo, en circunstancias que no lo precisen.

2. Cualquier acto susceptible de provocar en otros alumnos el relajamiento de la disciplina académica.

3. Las manifestaciones públicas de crítica o disconformidad respecto a las decisiones de los órganos directivos o profesores de la Academia, sin utilizar el procedimiento adecuado.

4. Causar daños en el material e instalaciones maliciosamente o por negligencia inexcusable.

5. La desconsideración, menosprecio y vejación hacia los compañeros.

6. La comisión de una falta tipificada como leve, habiendo sido sancionado como responsable de otras dos faltas leves durante el mismo curso o en el plazo de un año, siempre que estas últimas sanciones sean firmes en vía administrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-08-24.

Más artículos de Ley 7/2017

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2017 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.