Artículo 66. Voluntariado juvenil.
Artículo 66 de la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud. · BOE-A-2006-16336
Atención: Ley 10/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El voluntariado juvenil constituye la expresión de la participación activa de los jóvenes y las jóvenes en la vida social desde la solidaridad, el compromiso y la diversidad. Las formas organizadas descritas en este título configuran un mecanismo relevante en el ámbito del voluntariado juvenil.
2. Las administraciones públicas de las Illes Balears, en el ámbito de sus competencias respectivas, tienen que fomentar la participación de los jóvenes en las actividades de voluntariado.