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Ley Vigente

Artículo 65. Competencia para el otorgamiento de autorizaciones y concesiones demaniales.

Artículo 65 de la Ley 11/2006, de 26 de octubre, del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-21908

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-19.

Texto consolidado

Las concesiones y autorizaciones sobre los bienes y derechos demaniales del patrimonio de la Comunidad serán otorgadas por los titulares de las consejerías a que se encuentren afectados, o por los órganos rectores de las entidades que los tengan adscritos o a cuyo patrimonio pertenezcan.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-19.

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