Artículo 64. Financiación.
Artículo 64 del Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras. · BOE-A-2025-20206
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-10-30.
Texto consolidado
De conformidad con el artículo 19 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, se incluyen asimismo en la financiación de las actuaciones en las carreteras del Estado otros recursos generados por la explotación y otros mecanismos previstos en cualquier otra normativa que pudiera resultar de aplicación.