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Real Decreto Derogada

Artículo 64. Recaudación de los recursos económicos.

Artículo 64 del Real Decreto 418/2006, de 7 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación. · BOE-A-2006-7681

Atención: Real Decreto 418/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las recaudaciones de los recursos económicos del Colegio son competencia propia de la Junta de Gobierno, pudiendo delegarse las siguientes en la Junta Directiva de la Demarcación:

1. Las establecidas para fines y actividades formativos en su ámbito territorial.

2. Los derechos por estudios, informes y dictámenes que emita la Junta Directiva de la Demarcación.

3. Los derechos derivados de la captación de Convenios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-30.

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