Artículo 64. Participación de las organizaciones vecinales y de consumidores en el desarrollo de la igualdad entre hombres y mujeres.
Artículo 64 de la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2011-2708
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-26.
Texto consolidado
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través del Instituto de la Mujer, promoverá la participación de las organizaciones vecinales y de consumidores en la implantación de la igualdad entre hombres y mujeres, favoreciendo la participación de las mujeres en estas organizaciones, con el fin de que tengan representación equilibrada las diferencias y diversidades de mujeres y hombres.
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