Artículo 63. Organización de las inspecciones de los servicios.
Artículo 63 del Real Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Jurídico del Estado. · BOE-A-2003-15800
Atención: Real Decreto 997/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
(Derogado)#dd
Se modifican los apartados 2 y 3 por el art. único.5 del Real Decreto 1003/2012, de 29 de junio. Ref. BOE-A-2012-9217.
Se modifican los apartados 2 y 3 por el art.único.20 del Real Decreto 247/2010, de 5 de marzo. Ref. BOE-A-2010-3693
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 1012/2022, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Abogacía General del Estado, se regula la inspección de los servicios en su ámbito y se dictan normas sobre su personal..