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Ley Vigente

Artículo 63. Canales de derivación.

Artículo 63 de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León. · BOE-A-2013-13518

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-02.

Texto consolidado

Se prohíbe pescar con caña en los canales de derivación cuya anchura sea menor de un metro o cuya profundidad sea menor de veinte centímetros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-01-02.

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