Artículo 63. Ocupaciones.
Artículo 63 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia. · BOE-A-2012-11414
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-12.
Texto consolidado
Se prohíbe la ocupación de terrenos forestales mediante instalaciones, construcciones u obras hechas sin autorización de su respectivo titular y de su gestor, en su caso.