El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 63. Captación de inversiones productivas.

Artículo 63 de la Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia. · BOE-A-2021-5211

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-04.

Texto consolidado

1. Durante el primer trimestre de cada año natural tras la entrada en vigor de la presente ley, la Administración autonómica examinará el estudio Doing business del Banco Mundial, a efectos de evaluar la puesta en marcha de las medidas precisas, dentro de las competencias autonómicas, para mejorar la atracción de capital foráneo dedicado a inversiones productivas. Al mismo tiempo, en la elaboración de estas medidas se tomarán en consideración otros informes oficiales de la Comisión Europea y de organizaciones internacionales en las que España sea estado miembro.

2. Cuando los obstáculos o retrasos a las inversiones de capital foráneo procedan de otras administraciones gallegas, la Xunta de Galicia promoverá las modificaciones indispensables para situar a Galicia en el escalón superior de las administraciones más eficientes en tiempo y costes del entorno de la Unión Europea.

3. Las inversiones productivas de capital foráneo se beneficiarán de las medidas previstas en la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-04.

Más artículos de Ley 10/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 10/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.