El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 63. Procedimiento para la autorización de explotación.

Artículo 63 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero, de simplificación administrativa. · BOE-A-2021-4247

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-23.

Texto consolidado

El plazo para la obtención de la autorización de explotación de las instalaciones, que se emitirá mediante resolución del servicio provincial correspondiente, se fijará en la resolución de la dirección general competente en materia de energía o, en su caso, del servicio provincial correspondiente del departamento competente en materia de energía por la que se otorgó la autorización de construcción. Dicho plazo solo será ampliable mediante solicitud motivada de la entidad beneficiaria y resolución favorable expresa, si procede, de la dirección general o, en su caso, del servicio provincial.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-02-23.

Más artículos de Ley 1/2021

En El Vínculo puedes leer Ley 1/2021 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.