El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 63. Gestión de las prestaciones.

Artículo 63 de la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía. · BOE-A-1999-10046

Atención: Ley 1/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con objeto de garantizar la adecuada ejecución de las diferentes prestaciones establecidas en la presente Ley, las disposiciones de desarrollo de la misma determinarán los órganos a los que queda encomendada su gestión, sin perjuicio, en su caso, de los instrumentos específicos de coordinación y colaboración que hubieran de preverse al respecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-07-17.

Más artículos de Ley 1/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 1/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.