El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 63. La Cuenta General.

Artículo 63 del Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, por el que se aprueba el texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario. · BOE-A-1998-23234

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-07-03.

Texto consolidado

1. La Cuenta General del Principado comprenderá todas las operaciones presupuestarias, extrapresupuestarias y movimientos de tesorería llevados a cabo durante el ejercicio por el Principado y sus organismos autónomos.

2. La estructura de la Cuenta General del Principado se determinará reglamentariamente y constará de:

a) La liquidación del presupuesto del Principado.

b) La liquidación de los presupuestos de los organismos autónomos.

c) La cuenta de tesorería, que reflejará los movimientos de fondos y valores de todo orden y el estado de situación en fin de ejercicio.

d) La cuenta general de la deuda pública del Principado.

e) Un estado de situación de compromisos de gasto adquiridos con cargo a ejercicios futuros.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-07-03.

Más artículos de Decreto Legislativo 2/1998

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 2/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.