Artículo 63. Normativa aplicable.
Artículo 63 del Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las fundaciones y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. · BOE-A-2011-11706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-29.
Texto consolidado
1. Las autorizaciones y disposiciones de todo tipo, que para cada ejercicio contenga la Ley de Presupuestos Generales podrán ser modificadas de conformidad con las normas del presente título así como con las contenidas en dicha Ley.
2. El régimen de modificaciones contenido en el presente título hace referencia a las que afectaren:
a) A los estados de ingresos y gastos de cada uno de los presupuestos integrantes de los Generales.
b) A las demás autorizaciones que, de acuerdo con las disposiciones de la presente ley y otras que le sean aplicables, contenga para cada ejercicio la Ley de Presupuestos Generales.
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