Artículo 63. Agencias de régimen especial.
Artículo 63 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía. · BOE-A-2010-5303
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
(Derogado).
Se modifican los apartados 2 y 4 por la disposición final 5.7 de la Ley 5/2012, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-497.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 6 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2016-360.