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Real Decreto Derogada

Artículo 62. Programa de medidas.

Artículo 62 del Real Decreto 270/2014, de 11 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo. · BOE-A-2014-3957

Atención: Real Decreto 270/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El cumplimiento de los objetivos medioambientales de las masas de agua de la Demarcación y los plazos previstos para alcanzarlos están supeditados a la puesta en marcha y desarrollo efectivo del conjunto de actuaciones y programación temporal que aparecen definidos en el Programa de Medidas del Plan, cuya relación se incluye en el Anejo X, en los términos previstos en la disposición adicional tercera.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-04-13.

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