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Ley Foral Vigente

Artículo 62. Clasificación de las aguas a efectos de aprovechamiento.

Artículo 62 de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra. · BOE-A-2006-844

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-29.

Texto consolidado

De acuerdo con las diferentes modalidades de gestión y aprovechamiento de los tramos pesqueros, las aguas se clasifican de la forma siguiente:

a) Aguas en régimen especial.

b) Aguas de pesca privada.

c) Aguas libres para la pesca.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-29.

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