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Ley Vigente

Artículo 62. Ayudas y subvenciones.

Artículo 62 de la Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo. · BOE-A-2001-16538

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-07.

Texto consolidado

1. La Administración turística competente podrá establecer líneas de ayuda y otorgar subvenciones a empresas turísticas, administración local y a otras entidades y asociaciones como medidas para estimular la realización de las acciones fijadas en los planes y programas de promoción y fomento del turismo.

2. La concesión de subvenciones y ayudas respetará los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, así como las normas generales sobre la libre competencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-07-07.

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