Artículo 62. Plan de formación.
Artículo 62 de la Ley 3/2016, de 22 de julio, de Protección Integral contra LGTBIfobia y la Discriminación por Razón de Orientación e Identidad Sexual en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2016-11096
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-08-11.
Texto consolidado
La Administración Autonómica diseñará y pondrá en marcha un Plan de formación en materia de orientación sexual e identidad o expresión de género para los trabajadores de los distintos órganos de la Comunidad de Madrid.
El plan de formación deberá incorporar medidas para favorecer la igualdad de trato, la lucha contra la discriminación por orientación sexual, identidad de género o expresión de género, medidas específicas para el tratamiento de personas transexuales, material específico para luchar contra la doble discriminación a mujeres bisexuales y lesbianas así como formación para eliminar prejuicios ante el trato a personas seropositivas.