Artículo 62. Derechos de los inspeccionados.
Artículo 62 de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de Ordenación del sector vitivinícola de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-11040
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-03.
Texto consolidado
1. Con independencia de lo establecido en el artículo 58 los inspeccionados tienen derecho a recurrir a un contraperitaje de las pruebas o muestras tomadas en la inspección, dentro del plazo y con arreglo al procedimiento que reglamentariamente se determine.
2. Así mismo podrán, en el momento de la inspección, exigir la identificación del inspector, efectuar las alegaciones que estime oportunas en el mismo acto y obtener una copia del acta en la que constarán las alegaciones efectuadas.