El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 62. Estructura mínima.

Artículo 62 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771

Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En las federaciones deportivas de las IIles Balears ha de haber, como mínimo, estos órganos:

a) Un órgano de gobierno, denominado asamblea general.

b) Un órgano de gestión y administración, que puede ser de carácter unipersonal y que coincide con el órgano de representación, o colegiado, en cuyo caso se denomina junta directiva.

c) Un órgano de representación, cuya titularidad ejerce el presidente o la presidenta de la federación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-15.

Más artículos de Ley 14/2006

En El Vínculo puedes leer Ley 14/2006 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.