Artículo 62. De las administraciones competentes.
Artículo 62 del Decreto-Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial. · BOC-j-2012-90002
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-04-26.
Texto consolidado
Las administraciones públicas con competencias en materia de ferias interiores son las siguientes:
a) La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Los cabildos insulares.
c) Los ayuntamientos.
Más artículos de Decreto Legislativo 1/2012
- ← Artículo 61. Clasificación.
- → Artículo 63. Competencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Ver la norma completa: Decreto-Legislativo 1/2012, de 21 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias y reguladora de la licencia comercial.