Artículo 61. Responsabilidad política e incompatibilidades.
Artículo 61 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. · BOE-A-2015-4621
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-23.
Texto consolidado
1. El consejo de gobierno insular responde políticamente ante el pleno de su gestión de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de sus miembros por su gestión.
2. Los miembros del consejo de gobierno insular están sujetos al régimen de incompatibilidades establecido en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General y en la legislación básica de régimen local.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2019-6776.