El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 61. Habilitación temporal de inspectores.

Artículo 61 de la Ley 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia. · BOE-A-2008-12528

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-22.

Texto consolidado

La Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, podrá habilitar temporalmente entre sus funcionarios, inspectores en materia de juventud. Los funcionarios habilitados recibirán formación específica en las materias relacionadas con el objeto de la función inspectora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-06-22.

Más artículos de Ley 6/2007

En El Vínculo puedes leer Ley 6/2007 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.