Artículo 61. Criterios generales de actuación en el ámbito de la juventud.
Artículo 61 de la Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia. · BOE-A-2021-5136
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-10.
Texto consolidado
Las administraciones públicas de Galicia procurarán garantizar las condiciones necesarias para que las jóvenes y los jóvenes gallegos puedan desarrollar su proyecto vital y formar una familia en el territorio de la Comunidad Autónoma a través de la educación formal y no formal y de las medidas de creación y fomento del acceso al empleo.