Artículo 61. Formación para la iniciación deportiva.
Artículo 61 de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6879
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-28.
Texto consolidado
El desarrollo reglamentario de esta ley establecerá una actividad de formación con un contenido reducido a la iniciación deportiva, la protección de la salud de los practicantes de la actividad física y el deporte y de educación en valores, que se orientará a las personas que participen en la organización de las actividades previstas en el título II, capítulo II.