Artículo 62. La Escuela de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha.
Artículo 62 de la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2015-6879
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-04-28.
Texto consolidado
1. La Escuela de la Actividad Física y el Deporte de Castilla-La Mancha, como unidad administrativa del órgano directivo competente en materia de deportes, ejecutará la formación de técnicos deportivos prevista en el artículo 60.
2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado 1, diseñará y desarrollará una oferta formativa orientada al perfeccionamiento y la especialización de profesionales del ámbito de la actividad física y el deporte.