Artículo 61. Clasificación de las faltas.
Artículo 61 de la Ley 5/2010, de 14 de mayo, de coordinación de Policías Locales de La Rioja. · BOE-A-2010-9108
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-22.
Texto consolidado
Las faltas disciplinarias en que pueden incurrir los miembros de los Cuerpos de Policía Local de La Rioja y Auxiliares de Policía podrán ser leves, graves y muy graves.