Artículo 60. Sujetos responsables.
Artículo 60 de la Ley 5/2010, de 14 de mayo, de coordinación de Policías Locales de La Rioja. · BOE-A-2010-9108
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-01-01.
Texto consolidado
1. Los funcionarios de los cuerpos de la Policía Local y los auxiliares de Policía pueden incurrir en responsabilidad disciplinaria por la comisión de las faltas que se tipifican en la legislación orgánica en materia de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
2. Incurrirán en la misma responsabilidad que los autores de una falta los que dentro del cuerpo induzcan a su comisión o los superiores jerárquicos que la toleren.
3. Asimismo, incurrirán en falta de inferior grado los que encubriesen la comisión de una falta muy grave o grave.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-1142.