Artículo 61. Régimen presupuestario.
Artículo 61 de la Ley 4/2005, de 17 de junio, de Salud Pública de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2005-12101
Atención: Ley 4/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, de intervención y control financiero aplicables al Centro Superior de Investigación en Salud Publica será el establecido, para este tipo de entidades, en el Texto Refundido de la Ley de la Hacienda Pública de la Generalitat.
2. El anteproyecto de presupuesto, una vez aprobado por el Consejo Rector del Centro, se remitirá a la Conselleria de Sanidad, a través de la Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública, para su posterior elevación a la conselleria con competencias en materia presupuestaria, a los efectos de su integración en el presupuesto de la Generalitat.