Artículo 60. Ámbito territorial.
Artículo 60 del Real Decreto 814/2023, de 8 de noviembre, sobre instrumentos financieros, admisión a negociación, registro de valores negociables e infraestructuras de mercado. · BOE-A-2023-22764
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-11-29.
Texto consolidado
Este título resultará de aplicación:
a) A las admisiones a negociación de valores en un mercado regulado español.
b) A las ofertas públicas de venta o suscripción de valores cuando España sea Estado miembro de origen.