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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 60. Principios de inversión.

Artículo 60 de la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria. · BOE-A-2012-3754

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-07-04.

Texto consolidado

1. (Anulado)

2. La junta de gobierno, en su caso a propuesta de la comisión de seguimiento, deberá aprobar y, periódicamente, revisar una declaración escrita de principios de inversión, en la que se incluirá la política sobre inversiones socialmente responsables o las razones de su ausencia, cuyos contenidos se establecerán reglamentariamente siguiendo los principios básicos establecidos en la presente ley. En el citado desarrollo se regularán, para las entidades de escaso volumen de fondos o por las características de su actividad, las excepciones a esta obligación.

Se declara inconstitucional y nulo el apartado 1 por Sentencia del TC 97/2014, de 12 de junio. Ref. BOE-A-2014-7063

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-07-04.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2014-7063.

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