Artículo 60. Adaptación y revisión de los planes de protección civil.
Artículo 60 de la Ley 4/2024, de 28 de junio, del Sistema de Protección Civil y Gestión de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2024-15350
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-12.
Texto consolidado
1. Los planes de protección civil deberán estar permanentemente actualizados y adaptados a los posibles cambios que se produzcan tanto en su estructura como en su operatividad, así como en función de los resultados obtenidos en el proceso de implantación de los mismos.
2. Cuando se proceda a realizar la revisión total o parcial de los mismos, se deberá seguir de nuevo el procedimiento establecido para su aprobación y homologación.
3. La revisión del Plan Territorial de Protección Civil de Aragón, como plan director, conllevará la obligación de adaptar o revisar los planes especiales y de ámbito local.