Artículo 60. Incompatibilidades del comisionado o comisionada.
Artículo 60 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública. · BOE-A-2015-1114
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-10.
Texto consolidado
El cargo de comisionado o comisionada de Transparencia y Acceso a la Información Pública es incompatible con todo mandato representativo, con todo cargo político o actividad de propaganda política, con la permanencia en el servicio activo de cualquier Administración pública, con la afiliación a un partido político o sindicato, con el desempeño de funciones directivas en un partido político o en un sindicato, asociación o fundación y con el empleo al servicio de los mismos, con el ejercicio de las carreras judicial y fiscal y con cualquier actividad profesional, mercantil o laboral.