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Ley Vigente

Artículo 60. Régimen jurídico.

Artículo 60 de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego. · BOE-A-2007-885

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-19.

Texto consolidado

1. Las fundaciones del sector público de la comunidad autónoma no podrán ejercer potestades públicas. Únicamente podrán realizar actividades relacionadas con el ámbito competencial de las entidades fundadoras, debiendo contribuir a la consecución de sus fines, sin que ello suponga la asunción de la titularidad de las competencias de las mismas, salvo previsión legal expresa.

2. El protectorado de estas fundaciones será ejercido por el departamento de la Xunta de Galicia que ejerza las competencias correspondientes a los fines de la fundación.

3. Las fundaciones públicas cuya dotación fundacional fuera totalmente aportada por la Xunta de Galicia, o en las que esta tenga un control análogo al que ejerce sobre sus propios servicios o unidades, tendrán la consideración de medio propio e instrumental a los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. En estos casos, la Xunta de Galicia podrá encomendarles la ejecución de obras, suministros o servicios públicos de su competencia. Las encomiendas se instrumentarán a través de encargos de realización obligatoria, cuya ejecución supervisará el ente encomendante. En los casos en que para la efectividad de la encomienda la fundación pública precisara prestaciones por parte de terceros, su adjudicación quedará sometida a la Ley de contratos de las administraciones públicas en los términos previstos en la presente ley.

4. En materia de presupuestos, contabilidad y auditoría de cuentas, las fundaciones previstas en este capítulo se regirán por lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-19.

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