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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 60. Tramitación.

Artículo 60 del Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2023-14052

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-30.

Texto consolidado

1. Las sociedades mercantiles autonómicas remitirán al departamento competente en materia de hacienda, antes del 1 de julio de cada año, el anteproyecto del programa de actuación, inversiones y financiación, complementado con la correspondiente documentación y estados financieros.

2. Los programas se someterán al acuerdo del Gobierno de Aragón, a propuesta de quien sea titular del departamento competente en materia de hacienda, y una vez aprobados se unirán al presupuesto de la Comunidad Autónoma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-30.

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