Artículo 59. Estructura.
Artículo 59 del Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2023-14052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-30.
Texto consolidado
1. La estructura básica de los programas de actuación y, en su caso, de los demás estados financieros, se establecerá por el Gobierno de Aragón, a propuesta de la persona titular del departamento competente en materia de hacienda, y se desarrollará por cada sociedad mercantil autonómica con arreglo a sus características y necesidades.
2. La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón dará cuenta a las Cortes de Aragón de los principios que informan los programas de actuación de las sociedades mercantiles autonómicas de la Comunidad Autónoma.
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