Artículo 60. Gravamen de la base liquidable especial del ahorro.
Artículo 60 del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas · BON-n-2008-90013
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
La base liquidable especial del ahorro se gravará a los tipos que se indican en la siguiente escala:
Base liquidable hasta
(Euros)
Cuota íntegra
(Euros)
Resto base hasta
(Euros)
Tipo aplicable
(Porcentaje)
6.000
20
6.000
1.200
4.000
22
10.000
2.080
5.000
24
15.000
3.280
185.000
26
200.000
51.380
100.000
27
300.000
78.380
Resto
28
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2023, por el art. 1.17 de la Ley Foral 36/2022, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-3349
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2018, por el art. 1.21 de la Ley Foral 16/2017, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-801
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2016, por el art. 1.27 de la Ley Foral 23/2015, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-573
Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2015, por el art. 1.1 Ley Foral 10/2015, de 18 de marzo. Ref. BOE-A-2015-4100
Se modifica, con efectos a partir de 1 de enero de 2015, por el art. 1.20 de la Ley Foral 29/2014, de 24 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1017
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2011, por el art. 1.11 de la Ley Foral 20/2011, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-1546
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2010, por el art. 1.3 de la Ley Foral 17/2009, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2010-2630
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2009, por el art. 1.9 de la Ley Foral 22/2008, de 24 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-3960
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 9 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-3349.