Artículo 60.
Artículo 60 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado. · BOE-A-1964-2140
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-08-23.
Texto consolidado
1. Las vacantes que resulten una vez realizado el concurso entre funcionarios del Cuerpo llamado a desempeñarlas serán incluidas en las convocatorias para el ingreso en el referido Cuerpo.
2. La adjudicación de las plazas a funcionarios de nuevo ingreso se hará de acuerdo con las peticiones de los interesados, según el orden obtenido en las pruebas de selección.#dd.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública..