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Real Decreto Vigente

Artículo 6. Competencia general del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal.

Artículo 6 del Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. · BOE-A-2011-10781

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

Texto consolidado

La competencia general del ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal consiste en dinamizar, instruir y concretar la iniciación deportiva en judo y defensa personal, organizar, acompañar y tutelar a los judokas durante su participación en actividades, competiciones y eventos propios de este nivel; todo ello conforme a las directrices establecidas en la programación de referencia, en condiciones de seguridad y con el nivel optimo de calidad que permita la satisfacción de los deportistas en la actividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

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